Salvador Quishpe Lozano - Prefecto

Salvador Quishpe Lozano - Prefecto

jueves, 18 de abril de 2013

VIOLACIONES COMETIDAS EN EL PROCESO PENAL CONTRA CLEVER JIMENEZ, FERNANDO VILLAVICENCIO Y CARLOS FIGUEROA


o   Se violó la inmunidad parlamentaria contemplada en el Art. 128 de Constitución de la República.

o   Se violó el Art, 75 de la Constitución de la República,  es decir, a una justicia y tutela efectiva, imparcial sobre sus derechos.

o   Se violó el Art. 76.7 letra k, de Constitución de la República, sobre la imparcialidad, independencia y competencia, del juzgador.

o   Se violó el Art. 76.7 letra l, de Constitución de la República, sobre la motivación de la sentencia. La sentencia no está motivada, es obligación constitucional de la jueza motivarla y un derecho del acusado a obtenerla, en vista de no tener motivación es nula, y no surte efectos jurídicos.

o   Se violó el Art, 82 de Constitución de la República, sobre la seguridad jurídica, es decir, la aplicación de las normas constitucionales y legales que deben ser aplicadas por las autoridades judiciales.

o   Se ha hecho interpretaciones extensivas  de la ley penal, prohibida por el Art. 4 del código penal y 15 del código del procedimiento penal; es decir que los jueces deben actuar y aplicar la ley penal en el sentido estricto de su contenido literal  en beneficio del reo.

o   Se ha violado el debido proceso consagrado en el Art. 76.7, letra b,  de Constitución de la República  toda ves que los dejaron en indefensión no nos  permitieron ejercer el derecho a la defensa en razón de que priorizaron el tiempo en contra del  derecho a al defensa de los acusados.

o   También se ha sentenciado aplicando el 494 del código penal, cuando no se ha probado la materialidad de esta infracción toda vez que no se ha probado el tipo penal invocado en la querella, es decir no justificaron que la denuncia haya sido sustanciada dentro de un juicio penal.

o   Como también se ha violado el 251 código de procedimiento penal, que manifiesta cuando no hay acusación  no hay juicio.


Consecuentemente, por lo anotado y más violaciones, la “sentencia es nula”.

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