Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de Minería, a la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador y a la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno.
Antecedentes:
Para iniciar, debo aclarar que la Ley de Minería vigente es inconstitucional y entreguista, viola artículos fundamentales de la Carta Magna como el 313, 315, 316, 408, etc.; es una ley que beneficia a las empresas mineras transnacionales, en perjuicio del Estado ecuatoriano; en ese sentido, en calidad de asambleísta presenté un Proyecto de Ley Reformatorio a la Ley de Minería, en noviembre de 2010, el cual fue calificado por el CAL, y desde entonces continúa en la Comisión de la Biodiversidad y Recursos Naturales, sin que se haya realizado ni el informe para primer debate.
Si la ley actual vigente es negativa para el país, esta reforma es nefasta para el Estado. Correa, presionado por las mineras está actuando en contra de los intereses nacionales, al favorecerlas aún más con este proyecto, vulnerando el principio de que las leyes deben reformarse para mejorarlas.
Observaciones al contenido del Proyecto de Ley:
1. Es inconstitucional, viola el Art. 136 de la Constitución de la República; pues, los proyectos deben referirse a una sola materia; si no reúne este requisito, el Consejo de Administración Legislativa no debió calificarlo y menos la Asamblea tramitarlo.
2. Jamás debió enviárselo como urgente en materia económica, debe ser ampliamente debatido, al tratarse de la riqueza más grande de la Patria; en la forma en que fue enviado no será posible aquello y, peor aún, realizar la consulta a los pueblos y comunidades, establecida en el Art. 57, numerales 7 y 17 de la Constitución de la República, de lo cual, incluso, existe una sentencia por parte de la Corte Constitucional.
3. Se da prioridad a la explotación de minerales por encima del ordenamiento territorial, establecido en la Constitución de la República, Arts. 263, 264 y 267; y lo que es más, se otorga la posibilidad de hacer minería en caminos, playas de mar, fondos marinos, redes de telecomunicaciones, instalaciones militares, infraestructura petrolera, instalaciones aeronáuticas, vestigios arqueológicos o de patrimonio natural y cultural; además, las empresas solo tienen que solicitar permisos de agua y ambiente. (Arts. 2, 4 Proyecto – Arts. 16, 26 Ley vigente)
4. Se permite la entrega de las áreas mineras a dedo a las empresas estatales extranjeras o sus subsidiarias, compañías de economía mixta o a consorcios en las que dichas empresas estatales extranjeras tengan participación mayoritaria. (Arts. 3, 6 Proyecto – Arts. 29, 40 Ley vigente)
5. Se establece, en lugar de regularizar, una persecución a pequeños mineros y mineros artesanales, al disponer … la destrucción, demolición, etc., violando los Arts. 321 y 323 de la Constitución. (Art. 10 Proyecto – Art. 57 Ley vigente)
6. Se prohíbe únicamente el uso del mercurio, utilizado por los pequeños mineros y mineros artesanales; y no los combustibles, lubricantes, reactivos químicos y residuos líquidos, usados por las grandes mineras; sus drenajes transportan cianuro y otros metales pesados altamente contaminantes. (Art. 16 Proyecto – Art. 86.1 Ley vigente)
7. Se suprime el pago del 70% de los ingresos extraordinarios al Estado; las empresas mineras deben pagarlo una vez que hayan recuperado su inversión, lo que significa que este recurso nunca lo pagarán, porque las transnacionales amortizarán la inversión para el tiempo que dure el proyecto. (Art. 17 Proyecto – Art. 93 Ley vigente)
8. Se otorga absoluta facilidad para que la empresas justifiquen, cuando incurran en causales de caducidad. (Art. 18 Proyecto – Art. 108 Ley vigente)
Todas estas irregularidades y reformas inconstitucionales y anti patria, demuestran con claridad que el Gobierno Nacional las impulsa presionado por las transnacionales, específicamente por Kinross-Aurelian, en circunstancias que, la compañía no quería firmar el contrato, por no pagar el porcentaje correspondiente por los ingresos extraordinarios.
Lamento que el primer mandatario autoproclamado revolucionario y, mas allá de aquello, al ser el llamado a velar por la Patria, administrar correctamente nuestros recursos, actúe en contra del País y se haya sometido a la presión de una empresa minera; en otras palabras, Correa se ha puesto la camiseta de las transnacionales, traicionando de esta manera al pueblo ecuatoriano.
Cléver Jiménez
ASAMBLEÍSTA POR ZAMORA CHINCHIPE
Antecedentes:
Para iniciar, debo aclarar que la Ley de Minería vigente es inconstitucional y entreguista, viola artículos fundamentales de la Carta Magna como el 313, 315, 316, 408, etc.; es una ley que beneficia a las empresas mineras transnacionales, en perjuicio del Estado ecuatoriano; en ese sentido, en calidad de asambleísta presenté un Proyecto de Ley Reformatorio a la Ley de Minería, en noviembre de 2010, el cual fue calificado por el CAL, y desde entonces continúa en la Comisión de la Biodiversidad y Recursos Naturales, sin que se haya realizado ni el informe para primer debate.
Si la ley actual vigente es negativa para el país, esta reforma es nefasta para el Estado. Correa, presionado por las mineras está actuando en contra de los intereses nacionales, al favorecerlas aún más con este proyecto, vulnerando el principio de que las leyes deben reformarse para mejorarlas.
Observaciones al contenido del Proyecto de Ley:
1. Es inconstitucional, viola el Art. 136 de la Constitución de la República; pues, los proyectos deben referirse a una sola materia; si no reúne este requisito, el Consejo de Administración Legislativa no debió calificarlo y menos la Asamblea tramitarlo.
2. Jamás debió enviárselo como urgente en materia económica, debe ser ampliamente debatido, al tratarse de la riqueza más grande de la Patria; en la forma en que fue enviado no será posible aquello y, peor aún, realizar la consulta a los pueblos y comunidades, establecida en el Art. 57, numerales 7 y 17 de la Constitución de la República, de lo cual, incluso, existe una sentencia por parte de la Corte Constitucional.
3. Se da prioridad a la explotación de minerales por encima del ordenamiento territorial, establecido en la Constitución de la República, Arts. 263, 264 y 267; y lo que es más, se otorga la posibilidad de hacer minería en caminos, playas de mar, fondos marinos, redes de telecomunicaciones, instalaciones militares, infraestructura petrolera, instalaciones aeronáuticas, vestigios arqueológicos o de patrimonio natural y cultural; además, las empresas solo tienen que solicitar permisos de agua y ambiente. (Arts. 2, 4 Proyecto – Arts. 16, 26 Ley vigente)
4. Se permite la entrega de las áreas mineras a dedo a las empresas estatales extranjeras o sus subsidiarias, compañías de economía mixta o a consorcios en las que dichas empresas estatales extranjeras tengan participación mayoritaria. (Arts. 3, 6 Proyecto – Arts. 29, 40 Ley vigente)
5. Se establece, en lugar de regularizar, una persecución a pequeños mineros y mineros artesanales, al disponer … la destrucción, demolición, etc., violando los Arts. 321 y 323 de la Constitución. (Art. 10 Proyecto – Art. 57 Ley vigente)
6. Se prohíbe únicamente el uso del mercurio, utilizado por los pequeños mineros y mineros artesanales; y no los combustibles, lubricantes, reactivos químicos y residuos líquidos, usados por las grandes mineras; sus drenajes transportan cianuro y otros metales pesados altamente contaminantes. (Art. 16 Proyecto – Art. 86.1 Ley vigente)
7. Se suprime el pago del 70% de los ingresos extraordinarios al Estado; las empresas mineras deben pagarlo una vez que hayan recuperado su inversión, lo que significa que este recurso nunca lo pagarán, porque las transnacionales amortizarán la inversión para el tiempo que dure el proyecto. (Art. 17 Proyecto – Art. 93 Ley vigente)
8. Se otorga absoluta facilidad para que la empresas justifiquen, cuando incurran en causales de caducidad. (Art. 18 Proyecto – Art. 108 Ley vigente)
Todas estas irregularidades y reformas inconstitucionales y anti patria, demuestran con claridad que el Gobierno Nacional las impulsa presionado por las transnacionales, específicamente por Kinross-Aurelian, en circunstancias que, la compañía no quería firmar el contrato, por no pagar el porcentaje correspondiente por los ingresos extraordinarios.
Lamento que el primer mandatario autoproclamado revolucionario y, mas allá de aquello, al ser el llamado a velar por la Patria, administrar correctamente nuestros recursos, actúe en contra del País y se haya sometido a la presión de una empresa minera; en otras palabras, Correa se ha puesto la camiseta de las transnacionales, traicionando de esta manera al pueblo ecuatoriano.
Cléver Jiménez
ASAMBLEÍSTA POR ZAMORA CHINCHIPE